Oct 18, 2017 | Consultas Reglas bancos UCP 600
Tenemos una carta de crédito (Adjunto texto) que pide documentos emitidos en inglés y español, sucede que la factura comercial (adjunto factura comercial), tiene datos en español, ejemplo: “A firme, Moldaje, Marítima, Fluvial y Lacustre”, en base a la UCP 600 y la ISBP 745, no hemos podido concluir si estos datos pueden estar solo en español o necesitan si o si tener su respectiva traducción al inglés. Por otra parte necesitamos saber si el ART 16 F de la UCP 600, aplica a documentos enviados con discrepancias por el banco designado al banco emisor, vale decir el banco designado envía documentos al banco emisor detallando discrepancias, el banco emisor debe aun así actuar conforme al artículo 16?? Datos de las partes involucradas: Nombre:BBVA CHILE País:CHILE Consulta sobre: Crédito documentario Datos básicos de la operación: Importe: USD293.700 Vencimiento: 21/07/2016 Fecha: 30/06/2016. Llega de BBVA Chile. Ponente: Banco Sabadell B.Santander: La exigencia lingüística en los documentos viene recogida en la práctica A21 de las ISBP. En este caso concreto la exigencia lingüística es que los documentos deben ser emitidos en inglés, pero son aceptables los emitidos en castellano si se incluye una traducción al inglés: En la factura presentada, existen términos en castellano no traducidos como los siguientes: Al no tratarse de texto preimpreso no es de aplicación la practica A21.e y por tanto la factura es discrepante con los términos del crédito, al no estar traducidos al inglés los anteriormente citados términos. El crédito en las instrucciones de confirmación indica MAY ADD, pero no sabemos si BBVA actúa como confirmador o como...