Consulta 2 – Reservas en tercera utilización

CONSULTA 2  Consulta planteada por Banco Santander Central Hispano cuyo texto literal es el siguiente: Se trata de una diferencia de criterio que mantenemos con un Banco italiano por la utilización de un crédito documentario de exportación.  Se realizaron varias utilizaciones del mismo crédito. Sobre las primeras Documentaciones al Banco emisor no puso reservas, pero sí sobre las que se presentaron posteriormente, siendo los documentos idénticos en cuanto al nombre del transportista, que el motivo del rechazo.  El problema se origina porque el ordenante ha suspendido pagos y el Banco emisor se quiere salir del compromiso de atender el crédito, y se trata de un crédito confirmado por nuestro Banco  Análisis y Consideraciones En las diversas consideraciones y comentarios de las respuestas de los componentes del grupo, se da  la coincidencia  de comentarios en el sentido de  considerar que cada utilización parcial del crédito documentario tiene “identidad propia e independiente”. Con dicho principio, el derecho de actuar bajo la aplicación del artículo 14.b no se ve condicionado por la consideración que se hubiese dado a los documentos de otro/s parcial/es  anterior/es en cuanto su conformidad o discrepancias, siempre que la actuación del banco sea de buen fe y se ajuste a las buenas prácticas bancarias internacionales.   No obstante, se añaden detalles y se debaten  antecedentes   y consideraciones de interés que conviene reflejar y que en algún caso podrían hacer variar dicha consideración general:   1) La posición de los componentes de la propia Comisión Bancaria de CCI París ha variado en sus opiniones respecto a esta situación en el transcurso del tiempo, si bien las más actualizadas responden...

Consulta 1 – Modificación fecha de caducidad

CONSULTA 1  Banc Sabadell plantea la siguiente cuestión: From time to time we come across banks that intend to reinstate (once or even more than once ) an expired letter of credit by amending the expiry date and the amount. But, how can one modify something that no longer exist? We believe these practices amount to a disguised issuance and that can seriously weaken the position of the beneficiary. Therefore we would try to discourage the issuing bank and get a brand new letter of credit. However, we do not always succeed. We would appreciate your comments on this matter. La respuesta provisional de la Comisión Bancaria de CCI, indicaba : Where a letter of credit has expired, you are quite right in skating that it is effectively dead or completed. If an issuing Bank then issues an amendment which reinstates the validity of the L/C then is for the advising/confirming Bank to decide wether they will act on that message or refuse and insist upon the issuance of a new l/c. From my perspective, I would think that a beneficiary would be more comfortable in receiving an extension to an existing L/C than having to review a new one. By imposing a condition that the issuing bank issues a new L/C they could take that opportunity to correct or incorporate new conditions wich not included within the original advice. ANALISIS La respuesta de la Comisión bancaria  reconoce, tal como indica el consultante, que el crédito documentario una vez expirado, es ya inexistente. Sin embargo, deja abierta la posibilidad, por cuestiones meramente comerciales y prácticas, NO CONTEMPLADAS EN LAS...